El proyecto con media sanción del Senado busca agilizar los tiempos de restitución de inmuebles y reconfigurar el marco legal de contratos, expropiaciones y escrituras digitales. Especialistas aclaran los alcances reales de la reforma.
De convertirse en ley el proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada impulsado por el oficialismo, el mercado inmobiliario y el marco normativo de los alquileres registrarán cambios significativos. La iniciativa, que ya cuenta con la aprobación del Senado, apunta a agilizar la recuperación de inmuebles ante incumplimientos contractuales u ocupaciones, aunque durante el debate en comisiones sufrió modificaciones sobre los textos originales.
Uno de los puntos centrales gira en torno a la diferencia entre usurpación e incumplimiento contractual. Desde el sector de especialistas y cámaras inmobiliarias aclararon que las usurpaciones continúan tramitándose por la vía penal (Art. 181 del Código Penal), mientras que el proyecto modifica el Código Procesal Civil y Comercial para acortar plazos en desalojos de inquilinos morosos, sublocatarios, intrusos o tenedores precarios.
En cuanto a los alquileres residenciales, el texto ratifica que se mantendrá el plazo de 10 días corridos para intimar el pago antes de promover una demanda de desalojo, descartando la pretensión inicial de reducirlo a 3 días. No obstante, para contrataciones comerciales o de otros destinos, el plazo de intimación podrá pactarse libremente entre las partes.
La iniciativa, que invita a las provincias a adecuar sus reglamentos procesales locales, pasará ahora a la Cámara de Diputados para completar su tratamiento legislativo.

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